Modificaciones del contrato de trabajo



 


MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO

Durante la vigencia del contrato puede ocurrir que se modifiquen las condiciones que se pactaron inicialmente, el Estatuto de los trabajadores tiene el objetivo, en este caso de buscar un equilibrio entre el derecho del trabajado a la estabilidad en su puesto de trabajo, y el derecho al empresario a introducir ciertas modificaciones cuando son necesarias. Las modificaciones deben ser justificadas, aunque los trabajadores pueden reclamar a estas modificaciones y serán revisadas por un juez.

En caso de que estén modificaciones supongan una alteración importante para el trabajado, sea el caso de ya no estar interesado en el trabajo después de las modificaciones, se establece una posibilidad de que el trabajador puede optar por la resolución de su contrato con derecho a recibir una cierta indemnización de 20 días de salario por año de servicio, además de poder acceder a las prestaciones por desempleo. Se puede acceder a una más amplia información en la página del “Estatuto de los trabajadores.

SUSPENSIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO

Se denomina suspensión del contrato de trabajo, cuando el contrato deja de producir sus efectos durante un tiempo determinado, aunque este sigue existiendo, una vez concluidas las caudas por las que el contrato se suspende vuelve a producir sus efectos con normalidad, mientras el contrato esté suspendido el trabajador no tiene que trabajar, ni el empresario retribuir. Se puede recibir prestaciones por seguridad social o incluso del empresario, pero no son retribuciones. 







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