Modificaciones del contrato de trabajo
MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Durante
la vigencia del contrato puede ocurrir que se modifiquen las condiciones que se
pactaron inicialmente, el Estatuto de los trabajadores tiene el objetivo, en
este caso de buscar un equilibrio entre el derecho del trabajado a la
estabilidad en su puesto de trabajo, y el derecho al empresario a introducir
ciertas modificaciones cuando son necesarias. Las modificaciones deben ser
justificadas, aunque los trabajadores pueden reclamar a estas modificaciones y serán
revisadas por un juez.
En caso
de que estén modificaciones supongan una alteración importante para el
trabajado, sea el caso de ya no estar interesado en el trabajo después de las
modificaciones, se establece una posibilidad de que el trabajador puede optar
por la resolución de su contrato con derecho a recibir una cierta indemnización
de 20 días de salario por año de servicio, además de poder acceder a las
prestaciones por desempleo. Se puede acceder a una más amplia información en la
página del “Estatuto de los trabajadores.
SUSPENSIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Se denomina
suspensión del contrato de trabajo, cuando el contrato deja de producir sus efectos
durante un tiempo determinado, aunque este sigue existiendo, una vez concluidas
las caudas por las que el contrato se suspende vuelve a producir sus efectos
con normalidad, mientras el contrato esté suspendido el trabajador no tiene que
trabajar, ni el empresario retribuir. Se puede recibir prestaciones por
seguridad social o incluso del empresario, pero no son retribuciones.
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